domingo, 5 de junio de 2011

Tarea N°6 del cuarto parcial Procedimiento de integración

  1. Explica cual es el principal problema que se sucita en torno a la integración.La ley tiene lagunas, si bien el derecho no puede tenerlas, la existencia de estas marca el limite de la tarea del interprete, como tal, y que la interpretación puede variar al parecer del interprete.
  2. Resume el fundamento del razonamiento analógico. Consiste en aplicar a un caso no previsto la disposicion concerniente a una situacion prevista, cuando entre esta y aquel hay semejanza y existe la misma razon juridica para resolverlos de igual manera, tal procedimento queda fuera del ambito de labor interpretativa, ya que solo hay interpretacion cuando existe un precepto al cual dicha tarea puede referirse.
  3. Define analogíaEs el método por el que una norma jurídica se extiende, por identidad de razón, a casos no comprendidos en ella.
  4. Define principios generales del derechoLos principios generales del Derecho son los enunciados normativos más generales que, sin perjuicio de no haber sido integrados al ordenamiento jurídico en virtud de procedimientos formales, se entienden forman parte de él, porque le sirven de fundamento a otros enunciados normativos también se les conoce como verdades indiscutibles y son bases sobre las cueles se supone se toman como bases para la creación de la ley.
  5. Diversos tipos de analogiaAnalogia de supuestos y Analogia de disposiciones
  6. Relacion entre equidad y problemas generales de derecho
  7. ¿Que opina Vecchio en ralacion con los pricipios generales del derecho?Opina que cuando se afirma que los principios generales son los del derecho natural, quiere decirse que, a falta de disposición formalmente valida, debe el juzgador formular un principio dotado de validez intrínseca, a fin de resolver la cuestión concreta sometida a su conocimiento.
  8. Describe con tus propias palabras las reglas de interpretación e investigación del art. 14 constituciónEste articulo habla de la retroactividad y dice que no se podrá dar efecto retroactivo a ninguna ley para perjudicar a nadie sino para beneficiar solamente se puede hacer uso de la retroactividad.

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