Definicion de Derecho Real:
DERECHO REAL.
Son deberes oponibles a terceros que facultan a su titular para que saque provecho de alguna cosa, sea en la forma máxima que permite el derecho en cuyo caso es el derecho de propiedad.
Reales :
Principales o de Goce : Secundarios o de Garantia :
Propiedad Prenda
Pocesion Hipoteca
Habitacion
Uso
Servidumbres
DERECHO PERSONAL.
Permite a su títular reclamar de determinada persona la prestación de un hecho positivo o negativo que puede consistir en un dar, hacer o no hacer.
clasificacion de los Derechos Psonales :
Fuentes de las obligaciones:
Contrato
Declaracion unilateral de la voluntad
Delito
Gestion de negocios
Hechos naturales que crean obligaciones
Enriquecimiento ilicito
Hechos que causan daños por uso de sustancias peligrosas
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